Es un procedimiento para la presentación de quejas, sugerencias y agradecimientos.
Qué es y para qué sirve
Quejas
Tendrán la consideración de quelas los escritos y comunicaciones en los que las ciudadanas y ciudadanos realicen únicamente manifestaciones de disconformidad con la prestación de los servicios, especialmente sobre tardanzas, desatenciones, o cualquier otro tipo análogo de deficiente actuación que observen en el funcionamiento de los servicios públicos de la administración y organizaciones de la Generalitat, que constituya falta de calidad en el servicio prestado.
No tendrán la consideración de quejas ante los servicios administrativos:
- Las relacionadas con deficiencias en los servicios que se prestan o funcionamiento, en el ámbito de instituciones sanitarias dependientes de la Generalitat (hospitales, centros de salud, etc.)
- Las relacionadas con centros de servicios sociales y las de dependencia.
Estas quejas son asistenciales y no administrativas, por lo que tienen un procedimiento especifico de tramitación. - Las denuncias que se puedan presentar poniendo de manifiesto posibles irregularidades o infracciones a la legalidad.
- Las quejas que afectan a los servicios prestados por otras administraciones de la Comunitat Valenciana (ayuntamientos y diputaciones), la administración del Estado y la de otras Comunidades Autónomas, etc., no se tramitarán a través de este procedimiento.
Sugerencias
Son las propuestas formuladas por las ciudadanas y ciudadanos para mejorar la calidad de los servicios públicos y, en especial, aquellas que puedan contribuir a simplificar, reducir o eliminar trámites o molestias en sus relaciones con la administración, o a contribuir a un mayor grado de satisfacción por parte de los usuarios de dichos servicios.
Agradecimientos
Son las manifestaciones por las que las ciudadanas y ciudadanos expresan su felicitación o reconocimiento por el buen funcionamiento de un servicio, centro o unidad de la Generalitat, bien por la óptima prestación de un servicio o por el buen trato recibido en dicha prestación.
La formulación de quejas y sugerencias por la ciudadanía, respecto del funcionamiento de la Administración de la Generalitat y los distintos entes que conforman su sector público instrumental, deberán ser atendidas adecuadamente y servirán a la administración para extraer de ellas oportunidades de mejora continua de la calidad de los servicios públicos.
Plazos
Solicitud: Plazo abierto
Observaciones
- NATURALEZA DE LAS QUEJAS:
- La formulación de una queja no impide ni condiciona el ejercicio de cuantas reclamaciones, derechos o acciones de carácter administrativo o judicial, puedan corresponder a quien la haya interpuesto, ni supondrá, por tanto, paralización de los plazos para la interposición de estas.
- Por la propia naturaleza de la queja, contra su respuesta no cabrá recurso alguno.
- No tienen la consideración de quejas, a efectos del Decreto 41/2016, de 15 de abril, las denuncias que puedan presentar las ciudadanas y los ciudadanos poniendo de manifiesto posibles irregularidades o infracciones a la legalidad que puedan entrañar responsabilidad disciplinaria del personal al servicio de la administración.
- NATURALEZA DE LAS SUGERENCIAS Y AGRADECIMIENTOS:
- La Administración de la Generalitat admitirá como sugerencia o agradecimiento aquellas que sean formuladas ante ella en relación con los servicios prestados por otras administraciones a las que se haya encomendado o delegado por la Generalitat la prestación del servicio objeto de la sugerencia o agradecimiento.
- Asimismo, también serán admitidas las sugerencias y agradecimientos que se susciten respecto de los servicios públicos prestados por una empresa pública o privada con la que la Generalitat haya contratado dicha prestación o con la adjudicataria de una concesión para la prestación de un servicio público de titularidad autonómica, con independencia de las reclamaciones, de todo tipo, que el usuario considere oportuno formular directamente ante la empresa o ante los servicios de protección y defensa de los consumidores
Normativa
- Decreto 41/2016, de 15 de abril, del Consell, por el que se establece el sistema para la mejora de la calidad de los servicios públicos y la evaluación de los planes y programas en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental (DOGV núm. 7764, de 20.04.2016).
- RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2020, de la presidenta de la Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva, por la que se aprueba el procedimiento de presentación y tramitación de las quejas, sugerencias y agradecimientos en el ámbito de los servicios prestados por la Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva https://avap.es/wp-content/uploads/2021/01/RESOLUCION-procedimiento-presentacion-y-tramitacion-quejas-sugerencias-y-agradecimientos_DOGV.pdf