El decreto 174/2002 del Gobierno Valenciano, establece la posibilidad de implantar retribuciones adicionales en el régimen retributivo del personal docente e investigador, funcionario y contratado, de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana, en el marco de sus posibilidades presupuestarias.
La retribución la asigna el consejo social de cada universidad a propuesta del consejo de gobierno y, en todo caso, previa evaluación positiva de los méritos individuales por parte de la AVAP. Son las universidades la que presentan a la AVAP las solicitudes de evaluación antes del 31 de julio de cada año.
En concreto, la AVAP evalúa los méritos de movilidad docente e investigadora para el establecimiento de retribuciones adicionales. También reconoce la actividad docente (quinquenios), la dedicación a la gestión universitaria y la promoción académica, certificadas por las universidades, así como la actividad investigadora de los profesores universitarios (sexenios), certificada por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).