El marco normativo establece que los títulos universitarios oficiales deben someterse a procedimientos de evaluación externa de acuerdo con los Estándares y directrices para el aseguramiento de la calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (Standards and Guidelines for Quality Assurance in the European Higher Education Area, ESG), con el objetivo de asegurar su calidad.

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece los procedimientos de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales; el primero de ellos es la verificación de los planes de estudios de las enseñanzas oficiales:

El Consejo de Universidades deberá verificar que los planes de estudios cuya superación da derecho a la obtención de un título universitario oficial, se ajustan a las directrices y condiciones establecidas por este real decreto y resto de normativas que sean de aplicación.”

En este procedimiento corresponde a las agencias de calidad realizar un informe de verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios del título universitario oficial, de acuerdo con el protocolo establecido por la agencia correspondiente y atendiendo a lo establecido en el mencionado Real Decreto.

Este informe, que es preceptivo, será elaborado por comisiones de expertas y expertos académicos y profesionales independientes y de reconocido prestigio, en las que también participarán vocales estudiantes. Una vez emitido el informe final será remitido por las agencias al Consejo de Universidades, que es el órgano responsable de dictar la resolución, favorable o desfavorable, a la verificación del plan de estudios.

Por otra parte, la modificación es un procedimiento administrativo que permite a las universidades realizar cambios en los títulos universitarios oficiales una vez verificados. En función de la naturaleza y magnitud de los cambios que se proponen en las titulaciones universitarias oficiales, las modificaciones se clasifican en (1) no sustanciales: aquellos cambios menores que mejoran el título y que son fruto del seguimiento que cada centro realiza con la periodicidad establecida en su sistema interno de garantía de la calidad; y (2) modificaciones sustanciales: aquellos cambios que mejoran el título y que también son fruto del seguimiento o de los requerimientos derivados de procesos de evaluación previos, pero que rebasan el alcance de la modificación no sustancial, dado que alteran elementos de la estructura, la naturaleza y/o los objetivos de la titulación u otros aspectos de la memoria.

Ambos procedimientos, verificación y modificación, en el caso de AVAP están contemplados en un mismo protocolo de evaluación.

En los documentos adjuntos en esta página se pueden encontrar los formularios de solicitud de modificaciones no sustanciales de los titulos de Grado, Máster y Doctorado.

COMISIÓN DE VERIFICACIÓN DE TÍTULOS Y COMITÉS DE VERIFICACIÓN DE RAMA

El Protocolo para la Verificación y Modificación de los títulos oficiales de grado y máster establece que para la realización del proceso de evaluación de la verificación y modificación de los títulos universitarios oficiales, la AVAP constituirá comités y comisiones de evaluación integrados por personal académico de reconocido prestigio expertos en los distintos campos de conocimiento, estudiantes universitarios y profesionales.

Los órganos de evaluación para la verificación de títulos y su composición son los siguientes:

En el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) de los Comités de Verificación de Rama y la Comisión de Verificación de Títulos, se establece su composición, funciones y funcionamiento.

GUÍA DE APOYO VERIFICACIÓN GRADO Y MÁSTER

PROTOCOLO PARA VERIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER

GUÍA DE APOYO VERIFICACIÓN PROGRAMA DE DOCTORADO

PROTOCOLO PARA LA VERIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PROGRAMAS DE DOCTORADO

ROF COMITÉS DE VERIFICACIÓN DE RAMA Y COMISIÓN DE VERIFICACIÓN DE TÍTULOS

FORMULARIO DE SOLICITUD DE MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES DE TÍTULOS OFICIALES UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MÁSTER

FORMULARIO DE SOLICITUD DE MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO

PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA COMUNITAT VALENCIANA